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Declaración de renta para pensionados en Colombia 2026: ¿debes declarar y cómo hacerlo?

¿Los pensionados deben declarar renta en Colombia en 2026?

Sí, algunos pensionados están obligados a declarar renta. En 2026 (año gravable 2025), un pensionado debe declarar si cumple al menos una de estas condiciones:

Sin embargo, las pensiones tienen un tratamiento especial: están exentas de renta hasta 1.000 UVT mensuales ($49.799.000/mes en 2025). Esto significa que la gran mayoría de pensionados colombianos con mesadas moderadas no paga impuesto sobre su pensión, aunque sí puede estar obligado a declarar si sus ingresos totales superan el tope.

Fuente: Artículo 206 numeral 5 del Estatuto Tributario; artículos 592, 593 del ET; DIAN.

Pensión y renta: lo que todo jubilado colombiano debe saber

Cada año, cuando se acerca la temporada de declaración de renta, millones de pensionados en Colombia enfrentan la misma duda: ¿yo también tengo que declarar? La respuesta depende de tu situación específica, pero hay una buena noticia: el Estatuto Tributario colombiano otorga un tratamiento especialmente favorable a las pensiones.

Este artículo explica en términos claros cuándo un pensionado está obligado a declarar, qué parte de la pensión está exenta de impuesto, qué deducciones pueden aplicar los jubilados y cómo presentar la declaración paso a paso.

Para verificar si específicamente estás obligado a declarar según tus ingresos, usa la calculadora interactiva en: Declaración de renta 2026 en Colombia: ¿quiénes deben declarar?

¿Las pensiones pagan impuesto de renta en Colombia?

Esta es la pregunta más importante. La respuesta es: en la mayoría de los casos, no.

El artículo 206 numeral 5 del Estatuto Tributario establece que las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales están exentas del impuesto sobre la renta hasta un límite de 1.000 UVT mensuales.

Con la UVT de 2025 ($49.799), ese límite equivale a $49.799.000 mensuales de pensión exenta.

En la práctica, esto significa que:

Dado que la pensión promedio en Colombia está muy por debajo de ese tope, la gran mayoría de pensionados no paga impuesto de renta sobre su pensión.

¿Cuándo sí está obligado a declarar un pensionado?

Que la pensión esté exenta no significa que el pensionado nunca tenga que declarar. La obligación de declarar y el pago del impuesto son dos cosas distintas.

Un pensionado está obligado a presentar la declaración de renta si en 2025 cumplió al menos una de estas condiciones:

CondiciónTope año gravable 2025
Ingresos brutos totales (pensión + otros ingresos)$69.718.600 (1.400 UVT)
Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025$224.095.500 (4.500 UVT)
Consumos con tarjeta de crédito$69.718.600 (1.400 UVT)
Compras y consumos totales$69.718.600 (1.400 UVT)
Consignaciones y depósitos bancarios$69.718.600 (1.400 UVT)

El caso más común: un pensionado que recibe $4.000.000 mensuales de pensión tiene ingresos anuales de $48.000.000 — por debajo del tope de $69.718.600. Siempre y cuando no tenga otros ingresos ni patrimonio significativo, no está obligado a declarar.

Cuando sí toca declarar: el mismo pensionado que además recibe arrendamientos, tiene inversiones financieras, o vendió un inmueble durante 2025, puede haber superado los topes y quedar obligado a declarar.

Los ingresos adicionales que más frecuentemente obligan al pensionado a declarar

Los pensionados que combinan su mesada con otros ingresos deben prestar especial atención:

Arrendamientos: muchos pensionados tienen inmuebles propios que arriendan. Si los ingresos por arrendamiento más la pensión superan $69.718.600 en el año, están obligados a declarar.

Rendimientos financieros: intereses de CDT, rendimientos de fondos de inversión o dividendos de acciones suman como ingresos y pueden cruzar el umbral de declaración.

Pensión más mesadas adicionales: quien recibe dos pensiones simultáneas (por ejemplo, una por vejez y otra de sobreviviente) suma ambas para determinar si supera el tope de ingresos.

Venta de inmuebles o activos: la venta de un inmueble genera una ganancia ocasional que se declara en el Formulario 210, independientemente del monto de la pensión. Para más detalles: Ganancia ocasional Colombia 2026.

Patrimonio acumulado: aunque los ingresos sean bajos, si el pensionado tiene bienes (casa, finca, vehículo, ahorros) que en conjunto superan $224.095.500 al 31 de diciembre de 2025, está obligado a declarar por el tope de patrimonio.

¿Qué parte de la pensión va en la declaración y cómo se depura?

Cuando el pensionado está obligado a declarar, así se incluye la pensión en el Formulario 210:

Paso 1 — Ingresos brutos: se declara el total de la pensión recibida durante el año como ingreso laboral (las pensiones van en la misma sección que los ingresos laborales en el formulario).

Paso 2 — Renta exenta: se aplica la exención de las 1.000 UVT mensuales. Si la pensión estuvo por debajo de ese límite todo el año, el 100% va como renta exenta — la base gravable de la pensión queda en cero.

Paso 3 — Otros ingresos: si hay arrendamientos, rendimientos financieros u otros ingresos, estos se declaran en sus casillas correspondientes. Sobre estos sí puede aplicar impuesto.

Paso 4 — Deducciones adicionales: los pensionados pueden aplicar las mismas deducciones disponibles para personas naturales:

DeducciónLímite
Intereses crédito hipotecario vivienda propiaHasta 1.200 UVT anuales ($59.754.800)
Medicina prepagada y seguros de saludHasta 16 UVT mensuales ($837.984)
Dependientes económicos (hijos, cónyuge)Hasta 10% ingresos, tope 32 UVT/mes
Aportes voluntarios a pensión o AFCHasta 30% ingresos, tope 3.800 UVT/año

Paso 5 — Retenciones: si el fondo de pensiones te practicó retención en la fuente sobre la mesada (solo aplica cuando la pensión supera las 1.000 UVT mensuales), ese valor se descuenta del impuesto calculado.

Para el paso a paso completo del formulario: Formulario 210 DIAN 2026.

¿Los fondos de pensiones practican retención en la fuente?

Sí, pero solo sobre el excedente de las 1.000 UVT mensuales exentas.

Si tu mesada mensual es de $60.000.000, el excedente sobre los $49.799.000 exentos es $10.201.000. El fondo aplica la tabla de retención sobre ese excedente.

Si tu mesada es de $4.000.000 mensuales, toda está dentro de las 1.000 UVT exentas — el fondo no te practica retención.

Al final del año el fondo de pensiones te entrega el certificado de ingresos y retenciones (Formulario 220), igual que lo hace un empleador. Si declaras, ese certificado es tu documento base. Para entender ese documento: Certificado de ingresos y retenciones Colombia 2026.

Pensión de sobrevivientes: ¿tiene el mismo tratamiento?

Sí. La pensión de sobrevivientes (que recibe el cónyuge o los hijos del pensionado fallecido) tiene exactamente el mismo tratamiento tributario: exenta hasta 1.000 UVT mensuales, con la misma obligación de declarar si se superan los topes generales.

Pensión del exterior: ¿cómo se declara en Colombia?

Si recibes una pensión del exterior y eres residente fiscal en Colombia, esa pensión también se declara en el Formulario 210. Sin embargo, el tratamiento de la exención puede variar dependiendo de si existe convenio de doble tributación entre Colombia y el país de origen de la pensión.

Colombia tiene convenios para evitar la doble tributación con España, Chile, Suiza, Canadá, México, India, Corea del Sur, República Checa y Portugal, entre otros. Si tu pensión viene de uno de esos países, es recomendable consultar con un contador especializado para aplicar correctamente el tratamiento.

Paso a paso: cómo declara un pensionado

Paso 1 — Reúne los documentos

Paso 2 — Verifica tu fecha de vencimiento

Los plazos van del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos de tu cédula. Consulta tu fecha exacta en: Calendario tributario DIAN 2026.

Paso 3 — Ingresa al portal Muisca

Entra a muisca.dian.gov.co con tu cédula y contraseña. Si no recuerdas la clave: Contraseña DIAN 2026.

Paso 4 — Selecciona el Formulario 210

Es el formulario de personas naturales. Completa cada sección con los datos del certificado del fondo de pensiones y demás documentos.

Paso 5 — Aplica la exención de las 1.000 UVT

En la sección de rentas exentas del formulario, incluye el valor de tu pensión como renta exenta (hasta el límite legal). Si toda la pensión está dentro del límite, la base gravable de ese ingreso es cero.

Paso 6 — Presenta y, si hay saldo a pagar, cancela

Si el resultado es saldo a favor (retenciones mayores al impuesto calculado), puedes pedir devolución. Si hay saldo a pagar, cancela antes del vencimiento para evitar sanciones. Para saber cómo funciona el saldo a favor: Saldo a favor declaración de renta 2026.

Ejemplo práctico: pensionado con ingresos adicionales

Situación: pensionado que recibe $5.500.000 mensuales de pensión y $2.000.000 mensuales por arrendamiento de un local.

Ingresos 2025:

Depuración:

Sobre esa base se calcula el impuesto según la tabla del artículo 241 del ET — que en rangos bajos puede ser cero o muy bajo. Para entender cómo funciona la base gravable: Renta líquida gravable Colombia 2026.

Preguntas frecuentes sobre renta para pensionados

¿Si no debo pagar impuesto, igual tengo que declarar?
Si superaste los topes de ingresos o patrimonio, sí — aunque el impuesto calculado sea cero. Declarar con impuesto cero es diferente a no declarar. No presentar la declaración estando obligado genera sanciones. Para conocer las sanciones: Sanción mínima DIAN 2026.

¿Las pensiones de invalidez también están exentas?
Sí. El artículo 206 del ET incluye expresamente las pensiones de invalidez en la exención de 1.000 UVT mensuales.

¿Puedo declarar desde casa sin ir a la DIAN?
Sí. La declaración de renta se presenta completamente en línea a través del portal Muisca. No es necesario ir a ninguna oficina.

¿Necesito contador para declarar siendo pensionado?
Si tus únicos ingresos son la pensión y quizás pequeños rendimientos financieros, probablemente puedes hacerlo solo con el certificado del fondo. Si tienes arrendamientos, venta de activos u otros ingresos, un contador ayuda a optimizar las deducciones y evitar errores.

¿Qué pasa si me jubilé en 2025 y parte del año trabajé como empleado?
Debes sumar los ingresos del período como empleado y los de la pensión. El certificado del empleador cubre la parte laboral y el fondo de pensiones la parte de la mesada. Ambos van en el Formulario 210.

¿La indemnización por retiro forzoso o prima de jubilación paga renta?
Las indemnizaciones por retiro tienen un tratamiento especial según el artículo 206 del ET. Algunas están exentas hasta ciertos límites. Es recomendable verificar con un contador en esos casos específicos.

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