El calendario tributario DIAN 2026 establece las siguientes fechas clave para contribuyentes en Colombia:
Declaración de renta — Personas naturales (año gravable 2025):
Del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos de la cédula.
Declaración de renta — Personas jurídicas (año gravable 2025):
Del 12 al 26 de mayo de 2026, según el último dígito del NIT. En dos cuotas iguales.
Declaración de renta — Grandes contribuyentes (año gravable 2025):
Primera cuota: 10 al 23 de febrero de 2026.
Segunda cuota (declaración): 13 al 24 de abril de 2026.
Tercera cuota: 10 al 24 de junio de 2026.
IVA bimestral — Período enero-febrero 2026:
Décimo día hábil de marzo de 2026.
Retención en la fuente:
Mensual, décimo día hábil de cada mes.
Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) — Anticipos bimestrales:
Décimo día hábil de cada bimestre.
UVT 2026: $52.374 (Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025).
Fuente: DIAN — Calendario Tributario 2026, Decreto 2229 de 2023, publicado el 26 de diciembre de 2025.
¿Qué es el calendario tributario DIAN 2026 y por qué debes conocerlo?
El calendario tributario DIAN 2026 es el documento oficial que establece todas las fechas límite para declarar y pagar impuestos nacionales en Colombia durante el año 2026. Fue publicado por la DIAN el 26 de diciembre de 2025 y se rige por el Decreto 2229 de 2023, que fija los plazos en términos de días hábiles.
Conocer estas fechas no es opcional. Presentar una declaración un solo día después del vencimiento activa automáticamente la sanción por extemporaneidad, que equivale al 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso. Y si no declaras estando obligado, la sanción puede llegar al 20% de tus ingresos brutos.
El calendario aplica tanto para personas naturales como para personas jurídicas, y las fechas varían según el tipo de contribuyente, el último dígito del NIT o los dos últimos dígitos de la cédula, según el caso.
Puedes descargar el calendario oficial directamente en dian.gov.co.
Dato importante: el 17 de abril de 2026 es día cívico
La DIAN actualizó su calendario considerando que el 17 de abril de 2026 es día cívico en Colombia, conforme al Decreto 500 de 2024. Esto afecta los vencimientos que caen cerca de esa fecha. Siempre verifica en el calendario oficial si alguna fecha fue corrida por festivos o días no hábiles.
Renta de personas naturales — Calendario 2026
Esta es la obligación que más colombianos debe cumplir. Si eres persona natural y estás obligado a declarar renta del año gravable 2025, tus fechas son:
Plazo: del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos de tu número de cédula.
Los vencimientos están escalonados para evitar la congestión en el portal Muisca. Los primeros en declarar son quienes tienen cédula terminada en 01 y 02 (12 de agosto), y los últimos son los terminados en 99 y 00 (26 de octubre).
Recomendación clave: no esperes a las últimas semanas. El portal Muisca se congestiona gravemente en los días finales del plazo y una falla técnica del sistema no te exime de la sanción. Declara en las primeras semanas de agosto.
¿No sabes si estás obligado a declarar? Revisa nuestra guía completa con calculadora interactiva: declaración de renta 2026 en Colombia — ¿quiénes deben declarar?
Renta de personas jurídicas — Calendario 2026
Las empresas, sociedades y asimiladas que no sean grandes contribuyentes declaran en dos cuotas iguales:
Primera cuota (presentación y pago): del 12 al 26 de mayo de 2026, según el último dígito del NIT.
Segunda cuota (pago): del 9 al 23 de julio de 2026, según el último dígito del NIT.
Las entidades del sector cooperativo del Régimen Tributario Especial siguen los mismos plazos de las personas jurídicas.
Renta de grandes contribuyentes — Calendario 2026
Los grandes contribuyentes tienen un calendario diferente con tres cuotas:
Primera cuota: del 10 al 23 de febrero de 2026, según el último dígito del NIT.
Segunda cuota (con presentación de declaración): del 13 al 24 de abril de 2026, según el último dígito del NIT.
Tercera cuota: del 10 al 24 de junio de 2026, según el último dígito del NIT.
IVA — Fechas de vencimiento 2026
IVA bimestral (grandes responsables)
Aplica para quienes a 31 de diciembre de 2025 tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000), productores de bienes exentos y exportadores.
Los vencimientos son el décimo día hábil de los meses correspondientes a cada bimestre:
| Período | Mes de declaración |
|---|---|
| Enero — Febrero 2026 | Marzo 2026 |
| Marzo — Abril 2026 | Mayo 2026 |
| Mayo — Junio 2026 | Julio 2026 |
| Julio — Agosto 2026 | Septiembre 2026 |
| Septiembre — Octubre 2026 | Noviembre 2026 |
| Noviembre — Diciembre 2026 | Enero 2027 |
IVA cuatrimestral (pequeños responsables)
Aplica para responsables del IVA con ingresos menores al tope bimestral.
| Período | Mes de declaración |
|---|---|
| Enero — Abril 2026 | Mayo 2026 |
| Mayo — Agosto 2026 | Septiembre 2026 |
| Septiembre — Diciembre 2026 | Enero 2027 |
Retención en la fuente — Fechas 2026
La retención en la fuente es una obligación mensual para todos los agentes retenedores. El vencimiento es el décimo día hábil de cada mes para el período del mes anterior.
Importante: la declaración de retención debe presentarse incluso si en el mes no se realizaron retenciones. Presentarla en cero es una obligación formal cuyo incumplimiento genera sanción.
Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) — Fechas 2026
Los contribuyentes del SIMPLE deben pagar anticipos bimestrales el décimo día hábil de cada bimestre, y presentar la declaración anual consolidada en el plazo que establezca la DIAN para el período 2026.
Impuesto al patrimonio — 2026
Aplica para personas naturales o jurídicas cuyo patrimonio líquido al 1 de enero de 2026 sea igual o superior a 72.000 UVT ($3.770.928.000). Se paga en dos cuotas:
Primera cuota: 50% del total — mayo de 2026.
Segunda cuota: 50% restante — septiembre de 2026.
Declaración de activos en el exterior — 2026
Aplica para personas naturales o jurídicas con activos en el exterior al 1 de enero de 2026 superiores a 2.000 UVT ($104.748.000). Declaración anual con vencimiento en mayo de 2026.
Precios de transferencia — 2026
Para contribuyentes obligados a aplicar normas de precios de transferencia:
Declaración informativa: del 9 al 22 de septiembre de 2026, según el último dígito del NIT.
Documentación comprobatoria: del 9 al 22 de septiembre de 2026.
Informe país por país: hasta el 15 de diciembre de 2026.
Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) — Actualizaciones 2026
Las personas jurídicas deben actualizar electrónicamente la información del RUB ante cualquier modificación. Las fechas de actualización para 2026 son:
- 2 de febrero de 2026
- 4 de mayo de 2026
- 3 de agosto de 2026
- 3 de noviembre de 2026
Qué pasa si no cumples las fechas del calendario tributario
El incumplimiento del calendario tributario activa sanciones automáticas:
Sanción por extemporaneidad (artículo 641 del Estatuto Tributario): 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso. Si presentas dos meses tarde con $2 millones de impuesto, la sanción es $200.000 adicionales mínimo.
Sanción por no declarar (artículo 643 del Estatuto Tributario): hasta el 20% de los ingresos brutos o consignaciones del período. Es la sanción más alta del sistema tributario colombiano.
Sanción mínima 2026: $523.740 (10 UVT con UVT 2026 = $52.374). Aplica incluso si no tienes impuesto a cargo.
Intereses de mora: si declaras pero no pagas, se generan intereses de mora sobre el saldo pendiente a la tasa mensual vigente.
Consejos para no vencerte en 2026
- Guarda este artículo o descarga el calendario oficial de dian.gov.co y ponlo en tu agenda con recordatorios 15 días antes de cada vencimiento.
- No dejes la declaración para el último día. El portal Muisca se cae con frecuencia en los días de mayor demanda y la DIAN no acepta eso como excusa válida.
- Verifica tu obligación de declarar con tiempo suficiente. Si tienes dudas, consulta con un contador antes de agosto.
- Ten el RUT actualizado antes de empezar cualquier proceso. Un RUT desactualizado puede generar rechazos en el portal. Consulta cómo actualizar el RUT en la DIAN en 2026 si tu información cambió.
- Separa el dinero de los impuestos desde ya. La mejor planeación tributaria es financiera: reserva mensualmente el porcentaje correspondiente para no llegar al vencimiento sin liquidez.
Preguntas frecuentes sobre el calendario tributario DIAN 2026
¿Dónde descargo el calendario tributario oficial de la DIAN?
Directamente en dian.gov.co en formato PDF. Es el único documento oficial.
¿Las fechas del calendario aplican para todos los contribuyentes?
No. Cada tipo de contribuyente tiene sus propias fechas según su clasificación (gran contribuyente, persona jurídica, persona natural, régimen simple). Verifica cuál aplica para tu caso.
¿Qué pasa si el día de vencimiento cae en festivo?
El plazo se corre al siguiente día hábil. La DIAN actualiza el calendario cuando hay festivos que afectan las fechas. Por eso es importante revisar el calendario oficial y no solo calcular manualmente.
¿El calendario tributario 2026 cambia en el año?
El calendario base está definido por el Decreto 2229 de 2023 y no cambia durante el año. Sin embargo, la DIAN puede emitir resoluciones puntuales para ajustar fechas por situaciones excepcionales (como lo hizo con el día cívico del 17 de abril de 2026).
¿Cómo sé si estoy obligado a declarar renta en 2026?
Revisa nuestra guía completa: ¿quiénes deben declarar renta en Colombia en 2026? con calculadora interactiva.
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Recursos oficiales
- Calendario tributario oficial DIAN 2026: dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx
- Decreto 2229 de 2023 — Base legal del calendario: dian.gov.co
- Portal de declaraciones virtuales Muisca: muisca.dian.gov.co
- Línea de atención DIAN: (57 601) 307 8064, lunes a viernes 8:00 a.m. a 7:00 p.m.
Recuerda: dian.com.co es un sitio informativo independiente. Los trámites se realizan exclusivamente en dian.gov.co.