¿Qué es el Decreto 0240 de 2026 de la DIAN?
El Decreto Legislativo 0240 del 12 de marzo de 2026 es una norma de emergencia económica que otorga alivios tributarios a contribuyentes con obligaciones en mora al 31 de diciembre de 2025. Permite pagar el 100% de la deuda principal con sanciones reducidas al 15% de su valor e intereses de mora liquidados a una tasa especial del 4,5% anual (en lugar de la tasa ordinaria de mora). El plazo para acogerse a estos beneficios vence el 30 de abril de 2026. Aplica para deudas tributarias, aduaneras y cambiarias administradas por la DIAN.
Fuente: Decreto Legislativo 0240 del 12 de marzo de 2026; dian.gov.co/dian/Paginas/Decreto-0240-del-12-de-marzo-de-2026.aspx
Si tienes deudas tributarias, aduaneras o cambiarias con la DIAN que estaban en mora al 31 de diciembre de 2025, el Decreto 0240 de 2026 te da una ventana de oportunidad concreta: pagar lo que debes con sanciones reducidas al 15% de su valor e intereses calculados a una tasa especial del 4,5% anual. El plazo vence el 30 de abril de 2026.
Esta guía te explica exactamente en qué consiste el decreto 0240 de 2026, quiénes pueden acogerse, cuánto pagarías, cómo hacer el trámite y qué pasa si no aprovechas el beneficio antes de que cierre la ventana.
¿Qué es el Decreto 0240 de 2026 y por qué existe?
El Decreto Legislativo 0240 fue expedido el 12 de marzo de 2026 por el Gobierno Nacional en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado el 22 de diciembre de 2025. Su objetivo es generar liquidez para el fisco y aliviar la carga a contribuyentes que acumularon deudas tributarias, dándoles condiciones más favorables para ponerse al día.
Es importante entender que el decreto 0240 de 2026 no condona (no perdona) la deuda principal — esa hay que pagarla completa. Lo que reduce son las sanciones y los intereses de mora, que en muchos casos representan un porcentaje significativo del total adeudado.
El decreto hace parte de un paquete normativo de emergencia que también incluye el Decreto 1474 de 2025. Para entender el contexto tributario general de 2026, consulta nuestra guía del Estatuto Tributario Colombia 2026.
¿Quiénes pueden acogerse al Decreto 0240 de 2026?
Pueden beneficiarse del decreto 0240 de 2026 los siguientes contribuyentes:
1. Personas naturales o jurídicas con obligaciones en mora al 31 de diciembre de 2025
Si tenías deudas tributarias, aduaneras o cambiarias con la DIAN sin pagar a 31 de diciembre de 2025, puedes acogerte. Aplica para renta, IVA, retención en la fuente, impuesto al patrimonio, impuestos aduaneros y obligaciones cambiarias.
Importante: las obligaciones que entraron en mora a partir del 1 de enero de 2026 NO aplican para este beneficio.
2. Contribuyentes con facilidades o acuerdos de pago vigentes a 13 de marzo de 2026
Si ya tenías un acuerdo de pago con la DIAN y tenías saldos pendientes a esa fecha, también puedes acogerte al beneficio sobre esos saldos insolutos.
3. Contribuyentes del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE)
Los inscritos en el SIMPLE con anticipos o impuesto anual en mora también pueden acogerse, pero solo sobre el componente nacional del SIMPLE (el que administra la DIAN), no sobre los tributos territoriales que el SIMPLE integra.
¿Quiénes NO pueden acogerse?
- Contribuyentes cuyas deudas entraron en mora después del 31 de diciembre de 2025
- Obligaciones que no son administradas por la DIAN (impuestos municipales como ICA, predial, etc.)
Los tres beneficios concretos del Decreto 0240 de 2026
Beneficio 1 — Reducción de sanciones al 15%
Las sanciones tributarias (extemporaneidad, inexactitud, no declarar, entre otras) se reducen al 15% de su valor original. Esto significa que si tienes una sanción de $10.000.000, pagas solo $1.500.000.
La condición: el valor reducido nunca puede ser inferior a la sanción mínima vigente del año en que fue liquidada. Para 2026, la sanción mínima es $523.740 (10 UVT). Consulta más sobre sanciones DIAN 2026.
Beneficio 2 — Intereses de mora al 4,5% anual
En lugar de la tasa ordinaria de mora (que en 2026 está alrededor del 27-28% efectivo anual según el Banco de la República), los intereses se calculan a una tasa fija del 4,5% anual sobre el valor de la obligación.
Ejemplo práctico:
- Deuda principal: $5.000.000
- Mora: 2 años
- Intereses ordinarios aprox. (28% EA): $3.148.000
- Intereses con Decreto 0240 (4,5% anual × 2 años): $450.000
- Ahorro en intereses: $2.698.000
Beneficio 3 — Subsanación de obligaciones formales
El decreto también permite corregir incumplimientos de obligaciones formales (no presentar declaraciones, no enviar información, etc.) que se hayan generado antes de su entrada en vigencia, pagando el 3% de los ingresos brutos reportados en la declaración de renta del año gravable 2024. Para no obligados a declarar renta, el porcentaje es el 2% del patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025.
Tabla resumen: qué pagas con y sin el Decreto 0240 de 2026
| Concepto | Sin decreto (régimen ordinario) | Con Decreto 0240 |
|---|---|---|
| Obligación principal | 100% | 100% |
| Sanciones | 100% del valor liquidado | 15% del valor (mín. sanción mínima) |
| Intereses de mora | Tasa de mora vigente (~27-28% EA) | 4,5% anual fijo |
| Plazo para acogerse | N/A | Hasta 30 de abril de 2026 |
| Actualización de sanciones | Sí aplica | 15% sobre actualización también |
Fechas clave del Decreto 0240 de 2026
Esta es la línea de tiempo que debes tener en cuenta:
| Fecha | Evento |
|---|---|
| 22 de diciembre de 2025 | Declaración de emergencia económica |
| 29 de diciembre de 2025 | Expedición del Decreto 1474 de 2025 (medidas tributarias) |
| 12 de marzo de 2026 | Expedición del Decreto 0240 de 2026 |
| 13 de marzo de 2026 | Entrada en vigencia — inicia el período para acogerse |
| 30 de abril de 2026 | Fecha límite para pagar y acogerse al beneficio |
El plazo es definitivo. Si no pagas antes del 30 de abril de 2026, pierdes los beneficios y las obligaciones continúan con sus sanciones e intereses ordinarios.
Para no perder de vista esta fecha, revisa el calendario tributario DIAN 2026.
Cómo acogerse al Decreto 0240 de 2026: paso a paso
Paso 1 — Verifica si tienes deudas con la DIAN
Antes de cualquier gestión, confirma el estado de tus obligaciones. Puedes consultarlo en el portal SIMO de la DIAN, que muestra las deudas registradas a tu nombre. Consulta nuestra guía del SIMO DIAN 2026.
Paso 2 — Calcula el valor a pagar
Con los datos de tu deuda, calcula:
- Obligación principal: el 100% del valor adeudado
- Intereses: valor de la deuda × 4,5% × (años de mora)
- Sanciones: valor de la sanción × 15% (nunca inferior a la sanción mínima)
Ejemplo completo:
- Deuda por IVA no pagado: $8.000.000 (en mora desde enero de 2024 = 2 años y 3 meses)
- Sanción por no declarar: $3.000.000
- Cálculo con decreto:
- Principal: $8.000.000
- Intereses (4,5% × 2,25 años): $810.000
- Sanción reducida (15%): $450.000
- Total a pagar: $9.260.000
- Sin decreto: principal + ~$5M en intereses + $3M en sanciones = ~$16.000.000
- Ahorro aproximado: $6.740.000
Paso 3 — Genera el recibo de pago en Muisca
Ingresa al portal transaccional de la DIAN en muisca.dian.gov.co con tu usuario y contraseña. Si no tienes usuario, consulta cómo ingresar a la DIAN y crear usuario Muisca 2026.
Genera el Formulario 490 (recibo de pago oficial) con los conceptos correspondientes.
Paso 4 — Realiza el pago
El pago puede hacerse en:
- Sucursales de Bancolombia
- Corresponsales bancarios
- Botón PSE
- Botón Bancolombia
El pago debe completarse antes del 30 de abril de 2026.
Paso 5 — Guarda los soportes
Conserva el comprobante de pago y el recibo oficial. Estos documentos son la prueba de que te acogiste al beneficio dentro del plazo.
Casos especiales del Decreto 0240 de 2026
Deudas en cobro coactivo
Si tu deuda ya está en proceso de cobro coactivo (la DIAN ya inició acciones formales de cobro), igual puedes acogerte al decreto 0240. La norma aplica también sobre actos administrativos ejecutoriados que estén en cobro coactivo.
Contribuyentes con proceso penal por omisión de agente retenedor
Si eres agente retenedor y tienes un proceso penal por no haber transferido retenciones a la DIAN, el decreto también aplica sobre las obligaciones en mora — aunque el proceso penal continúa su curso de forma independiente.
Deudas en discusión ante la DIAN o en demanda contencioso-administrativa
Si tienes una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada antes del 31 de diciembre de 2025, puedes solicitar conciliación de sanciones e intereses ante la DIAN hasta el 31 de mayo de 2026, bajo condiciones especiales.
¿Qué pasa si no te acoges antes del 30 de abril de 2026?
Si dejas pasar la fecha límite del decreto 0240 de 2026:
- Las sanciones vuelven a su valor ordinario (100%)
- Los intereses de mora continúan acumulándose a la tasa de mora vigente
- La DIAN puede continuar o iniciar procesos de cobro coactivo
- En casos de retención en la fuente no pagada, puede haber implicaciones penales
El costo de no actuar es significativo. Si tienes deudas que califican, la ventana que abre el decreto 0240 es una oportunidad concreta de reducir el pasivo tributario de forma importante.
Preguntas frecuentes sobre el Decreto 0240 de 2026
¿El decreto perdona la deuda principal?
No. La deuda principal (el impuesto o tributo en sí) debe pagarse al 100%. Lo que se reduce son las sanciones (al 15%) y los intereses de mora (a 4,5% anual).
¿Aplica para deudas de ICA, predial y otros impuestos municipales?
No. El decreto 0240 solo aplica para obligaciones administradas por la DIAN: renta, IVA, retención, aduanas y régimen cambiario. Los impuestos municipales tienen sus propios mecanismos.
¿Puedo acogerme si ya tenía un acuerdo de pago con la DIAN?
Sí. Si a 13 de marzo de 2026 tenías un acuerdo de pago vigente con saldos pendientes, puedes aplicar el beneficio sobre esos saldos insolutos.
¿Puedo acogerme parcialmente — solo para algunas deudas?
Sí. Si tienes varias obligaciones en mora, puedes elegir a cuáles aplicar el beneficio del decreto y a cuáles no.
¿Qué tasa de intereses se usó antes de este decreto?
La tasa ordinaria de intereses de mora es la tasa de usura certificada por la Superfinanciera, que para 2026 está alrededor del 27-28% efectivo anual. El decreto la reemplaza por el 4,5% para las obligaciones que califiquen.
¿El beneficio aplica automáticamente o hay que solicitarlo?
No es automático. Debes liquidar el valor bajo las condiciones del decreto y pagar antes del 30 de abril de 2026. El beneficio se aplica con el pago efectivo.
¿Qué pasa con las obligaciones del SIMPLE?
Los contribuyentes del SIMPLE pueden acogerse, pero solo sobre el componente nacional del impuesto. Los tributos territoriales integrados en el SIMPLE (ICA, etc.) no están cubiertos.
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Recursos oficiales
- Texto completo del decreto: dian.gov.co → Normatividad → Decretos → Decreto 0240 de 2026
- Preguntas frecuentes oficiales: dian.gov.co/dian/Paginas/Decreto-0240-del-12-de-marzo-de-2026.aspx
- Portal transaccional para pagar: muisca.dian.gov.co
- Línea de atención DIAN: (57 601) 307 8064, lunes a viernes 8:00 a.m. a 7:00 p.m.
Recuerda: dian.com.co es un sitio informativo independiente. Los trámites se realizan exclusivamente en dian.gov.co.