Para presentar la declaración de renta por primera vez en Colombia en 2026, sigue estos pasos:
- Verifica que estás obligado a declarar renta del año gravable 2025 (revisa los topes de patrimonio, ingresos y consignaciones)
- Confirma que tienes RUT activo y usuario registrado en dian.gov.co
- Solicita tu firma electrónica si aún no la tienes (en dian.gov.co → Transaccional → Firma electrónica)
- Reúne los documentos: certificado de ingresos y retenciones, extractos bancarios, certificados de inversiones y deudas
- Ingresa a dian.gov.co → Transaccional → Usuario Registrado → A nombre propio
- Busca la opción “Diligenciar y presentar Formulario 210”
- Crea un nuevo borrador seleccionando el año gravable 2025
- Revisa la declaración sugerida que precarga el sistema con tu información
- Completa o corrige los datos en cada cédula: rentas de trabajo, capital y no laborales
- Verifica el resultado: impuesto a pagar o saldo a favor
- Firma electrónicamente y presenta la declaración
- Si tienes impuesto a pagar, realiza el pago en línea o en banco autorizado antes del vencimiento
El plazo para personas naturales es del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos de la cédula.
Fuente: DIAN — Formulario 210, Resolución 000044 de 2024 modificada por Resolución 000120 de 2024; Muisca dian.gov.co.
¿Qué significa declarar renta por primera vez?
Declarar renta por primera vez puede generar angustia, especialmente cuando no sabes por dónde empezar. Pero el proceso es más manejable de lo que parece si lo abordas paso a paso.
Declarar renta es el proceso mediante el cual le informas a la DIAN cuánto ganaste, cuánto tienes y cuánto debes pagar de impuesto durante el año gravable anterior — en este caso, el año 2025. La declaración se presenta en 2026 a través del Formulario 210 en el portal Muisca de la DIAN.
Si es tu primera vez declarando, lo más probable es que sea porque en 2025 superaste alguno de los topes que obligan a declarar: tus ingresos crecieron, adquiriste patrimonio o aumentaste tus movimientos bancarios. Es una señal de progreso económico, aunque venga acompañada de una nueva obligación.
¿No estás seguro de si debes declarar? Antes de continuar, verifica tu obligación con nuestra guía completa: declaración de renta 2026 en Colombia: ¿quiénes deben declarar?
Qué necesitas antes de empezar
Antes de abrir el portal Muisca, ten listo lo siguiente:
Documentos e información:
- Certificado de ingresos y retenciones del año 2025 (lo expide tu empleador antes del 31 de marzo de 2026, si eres empleado)
- Extractos bancarios de todas tus cuentas a 31 de diciembre de 2025
- Certificados de inversiones: CDT, fondos de inversión, acciones
- Valor de tus deudas vigentes a 31 de diciembre de 2025 (créditos hipotecarios, vehículo, libre inversión)
- Valor de tus bienes: inmuebles (avalúo catastral o valor de compra), vehículos, otros activos
- Si eres independiente: ingresos recibidos, gastos deducibles y retenciones que te practicaron
Accesos digitales:
- RUT activo y actualizado
- Usuario y contraseña en dian.gov.co
- Firma electrónica vigente
Si no tienes usuario registrado en la DIAN o tu RUT está desactualizado, corrígelo antes de continuar. Un RUT desactualizado puede generar rechazos en el portal al momento de declarar. Consulta nuestra guía sobre cómo actualizar el RUT en la DIAN en 2026.
Cómo obtener la firma electrónica para declarar
La firma electrónica es obligatoria para presentar la declaración de renta virtualmente. Si es tu primera vez declarando, es probable que no la tengas.
Para solicitarla:
- Entra a dian.gov.co → Transaccional → Usuario Registrado
- Ingresa con tu usuario y contraseña
- Busca la opción “Firma Electrónica”
- Selecciona “Solicitar o renovar firma electrónica”
- El sistema te pedirá responder preguntas de validación de identidad basadas en tu historial financiero (preguntas de Datacrédito o similares)
- Una vez validada tu identidad, descarga e instala el certificado de firma electrónica
Si no puedes completar la validación en línea, necesitarás pedir cita en la DIAN para obtener la firma de forma presencial o por VideoAtención.
Qué es el Formulario 210 y cómo funciona
El Formulario 210 es el documento oficial que usan las personas naturales residentes en Colombia para declarar renta. Fue actualizado mediante la Resolución 000044 de 2024, modificada por la Resolución 000120 de julio de 2024, y aplica para el año gravable 2025 y siguientes.
El formulario está organizado en cédulas — secciones que separan los ingresos según su origen:
Cédula general: incluye rentas de trabajo (salarios, honorarios, servicios), rentas de capital (intereses, arrendamientos, dividendos de personas naturales) y rentas no laborales (otros ingresos no clasificados en las anteriores).
Cédula de pensiones: ingresos por pensiones de jubilación, vejez, invalidez y sobrevivencia.
Cédula de dividendos: dividendos y participaciones recibidos de sociedades colombianas.
Cada cédula tiene su propia depuración de ingresos, costos, deducciones y rentas exentas. El impuesto final es la suma del impuesto calculado en cada cédula.
Novedad importante para 2026: la DIAN tiene disponible el servicio “Usuario No Experto” dentro del Formulario 210, diseñado para que personas sin conocimientos contables puedan diligenciar su declaración de forma más guiada e intuitiva.
Cómo presentar la declaración de renta paso a paso en el portal Muisca
Paso 1 — Ingresa al portal Muisca
Abre tu navegador y entra a dian.gov.co. Haz clic en “Transaccional” en el menú principal y selecciona “Usuario Registrado”.
Paso 2 — Autentícate con tu usuario y contraseña
Selecciona la opción “A nombre propio”, elige el tipo de documento, ingresa tu número de cédula y contraseña. Haz clic en “Ingresar”.
Paso 3 — Busca el Formulario 210
Una vez dentro, busca la opción “Diligenciar y presentar Formulario 210 – Declaración de renta y complementario personas naturales” o “Declaración sugerida de renta” si el sistema te la ofrece.
Paso 4 — Crea un nuevo borrador
En la sección de nuevo borrador, selecciona el año gravable 2025 y haz clic en “Crear”.
Paso 5 — Revisa la declaración sugerida
Si tienes declaración sugerida, el sistema precargará automáticamente la información que la DIAN tiene de ti: ingresos reportados por empleadores, retenciones practicadas, movimientos financieros informados por bancos. Revisa cada dato cuidadosamente — la declaración sugerida es un punto de partida, no un documento definitivo.
Verifica especialmente:
- Que los ingresos coincidan con tu certificado de ingresos y retenciones
- Que las retenciones en la fuente estén correctas
- Que el patrimonio declarado incluya todos tus bienes y deudas
Paso 6 — Completa cada sección del formulario
Diligencia las casillas que corresponden a tu situación:
Sección de patrimonio: registra el valor de tus bienes (inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, inversiones) y tus deudas a 31 de diciembre de 2025.
Cédula general — Rentas de trabajo: si eres empleado, los datos vienen del certificado de ingresos. Si eres independiente, registra tus ingresos brutos, los costos y gastos deducibles y las retenciones que te practicaron.
Rentas exentas y deducciones: aquí puedes reducir tu base gravable. Las más comunes son aportes voluntarios a pensión, intereses de crédito hipotecario para vivienda, dependientes económicos y el 25% de exención sobre rentas de trabajo (con límite).
Límite del 40%: las rentas exentas y deducciones imputables a la cédula general no pueden superar el 40% de los ingresos netos ni 1.340 UVT ($70.181.160 con UVT 2026 = $52.374). Este límite aplica desde la reforma tributaria de 2022.
Paso 7 — Verifica el resultado
Al completar todas las secciones, el sistema calcula automáticamente:
- Impuesto a pagar: si el impuesto calculado es mayor que las retenciones que te practicaron durante el año, debes pagar la diferencia.
- Saldo a favor: si las retenciones superan el impuesto calculado, tienes un saldo a favor que puedes solicitar en devolución o imputar a la siguiente declaración.
Paso 8 — Firma y presenta la declaración
Revisa el borrador completo una última vez. Cuando estés seguro, haz clic en “Firmar y presentar”. El sistema usará tu firma electrónica para formalizar la declaración.
Guarda el número de radicación y el PDF de la declaración presentada — son tu comprobante oficial.
Paso 9 — Paga si tienes impuesto a cargo
Si el resultado es impuesto a pagar, tienes dos opciones:
Pago en línea: desde el portal Muisca puedes pagar directamente con débito a cuenta bancaria o tarjeta.
Pago en banco autorizado: genera el recibo de pago (Formulario 490) en Muisca e imprímelo para pagar en cualquier banco autorizado por la DIAN.
Recuerda que el pago debe hacerse antes del vencimiento de tu fecha según los dos últimos dígitos de tu cédula — entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026. Consulta las fechas exactas en nuestro calendario tributario DIAN 2026.
Rentas exentas y deducciones más importantes para reducir tu impuesto
Una de las ventajas de declarar es que puedes aplicar deducciones y rentas exentas que reducen tu base gravable. Estas son las más relevantes para empleados e independientes:
Aportes voluntarios a pensión (AFC y FPV): hasta el 30% de los ingresos laborales, con tope de 3.800 UVT anuales ($199.021.200). Requieren que los recursos permanezcan en el fondo por al menos 10 años.
Intereses de crédito hipotecario: hasta 1.200 UVT ($62.848.800) anuales en intereses pagados por crédito de vivienda.
Dependientes económicos: puedes deducir hasta 10% de tus ingresos brutos, máximo 32 UVT mensuales ($1.676.768), por cada dependiente (hijos menores de 18 años o hasta 23 si estudian, cónyuge sin ingresos, padres dependientes).
25% de exención sobre rentas de trabajo: aplica sobre el valor neto de las rentas de trabajo después de deducciones, con tope de 240 UVT mensuales ($12.569.760).
Aportes obligatorios a salud y pensión: son deducibles en su totalidad.
Errores frecuentes al declarar por primera vez
No incluir todos los ingresos: omitir ingresos por freelance, arrendamientos o inversiones es un error grave. La DIAN cruza información con bancos, plataformas digitales y otras entidades.
Confundir el valor del patrimonio: el patrimonio se declara a valor fiscal (costo de adquisición para bienes muebles, avalúo catastral para inmuebles), no a valor comercial.
Olvidar declarar deudas: las deudas reducen el patrimonio líquido. Inclúyelas todas.
No aplicar deducciones por desconocimiento: muchos declarantes novatos pagan más impuesto del necesario porque no conocen las deducciones a las que tienen derecho.
Presentar fuera de plazo: aunque sea un día tarde, se activa la sanción por extemporaneidad. Consulta tu fecha exacta en el calendario tributario DIAN 2026.
¿Vale la pena contratar un contador para la primera declaración?
Para la mayoría de empleados con una sola fuente de ingresos y sin mayor complejidad patrimonial, la declaración sugerida de la DIAN más las deducciones básicas son manejables sin contador.
Sin embargo, te recomendamos consultar con un contador si:
- Tienes ingresos de múltiples fuentes (empleo + freelance + arrendamientos)
- Tienes inversiones en el exterior o cuentas en bancos extranjeros
- Eres socio de una o varias empresas
- Tu patrimonio es significativo y complejo
- Tienes dudas sobre qué deducciones puedes aplicar
Una buena asesoría de primera declaración puede ahorrarte más en impuesto del que cuesta el contador.
Preguntas frecuentes sobre la primera declaración de renta
¿Puedo presentar la declaración desde el celular?
Sí. El portal Muisca es compatible con navegadores móviles. Sin embargo, por la cantidad de información que debes revisar, es más cómodo hacerlo desde un computador.
¿Qué pasa si cometo un error en la declaración ya presentada?
Puedes presentar una declaración de corrección dentro del mismo plazo de vencimiento sin sanción. Después del vencimiento, la corrección puede implicar sanción si aumenta el impuesto a cargo.
¿La DIAN me notifica si tengo errores en la declaración?
No de forma inmediata. La DIAN puede requerirte meses o años después si detecta inconsistencias en sus cruces de información. Por eso es importante declarar correctamente desde el principio.
¿Puedo declarar en cero si tuve ingresos bajos?
Si estás obligado a declarar pero tu impuesto calculado es cero, presentas la declaración en cero. No pagar impuesto no te exime de presentar la declaración.
¿Cuándo me devuelven el saldo a favor?
Puedes solicitarlo después de presentar la declaración. La DIAN tiene hasta 50 días hábiles para resolver la solicitud de devolución o compensación.
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Recursos oficiales
- Portal Muisca — declaración y pago: muisca.dian.gov.co
- Formulario 210 — información oficial: dian.gov.co → Impuestos → Personas naturales → Renta
- Instructivo Formulario 210: dian.gov.co/formulariosinstructivos
- Línea de atención DIAN: (57 601) 307 8064, lunes a viernes 8:00 a.m. a 7:00 p.m.
Recuerda: dian.com.co es un sitio informativo independiente. Los trámites se realizan exclusivamente en dian.gov.co.